martes, 31 de marzo de 2009

Otro problema creado a los Jubilados del Banrural por los administradores de nuestro Fideicomiso, somos clientes cautivos del unico Banco pagador

CP HÉCTOR OROZCO FERNANDEZ
DIRECTOR CORPORATIVO DEL PROCESO DE EMPRESAS DEL SAE.
PRESIDENTE DEL COMITÉ TECNICO DEL FIDEICOMISO
FONDO DE PENSIONES SISTEMA BANRURAL
PRESENTE

El que suscribe Cipriano J.F. Domínguez y Ojeda, con número de empleado jubilado 911092669 del Banco de Crédito Rural Peninsular en Liquidación, en mi calidad de Fideicomisario del Fideicomiso Fondo de Pensiones del Sistema Banrural, con fundamento en lo establecido en el articulo XV transitorio de La Ley Orgánica de la Financiera Rural, en los artículos relacionados con el pago de la pensión a los fideicomisarios mediante el abono a las cuentas de depósito de la ó las instituciones de crédito que el Comité Técnico determine , y que el fideicomisario pueda cobrar su pensión en los días establecidos para su cobro, estipulados en la reglas de operación del Fondo de Pensiones del sistema Banrural.

Solicito tramíte ante el COMITÉ TECNICO DEL FIDEICOMISO FONDO DE PENSIONES SISTEMA BANRURAL:

El cambio de Institución de crédito (Banco) para que me continúen depositando cada quincena mi pensión y otros depósitos de prestaciones de carácter laboral que el Fideicomiso Fondo de Pensiones del Sistema Banrural haga a mi favor.

Teniendo como antecedente que:

· Actualmente nos pagan depositando nuestra pensión y otras prestaciones de carácter laboral solo en el Banco Santander y que se puede hacer en otros, que el comité técnico tiene la facultad de decidirlo.
· De acuerdo al artículo 18 de la ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, Los trabajadores tendrán derecho a solicitar a la institución de crédito en la que se realice el depósito de su salario y de otras prestaciones de carácter laboral, que transfiera la totalidad de los recursos depositados a otra institución de crédito que elija el trabajador, sin que la institución que transfiera los recursos pueda cobrar penalización alguna al trabajador que le solicite este servicio.
· De acuerdo al artículo 104 de la ley del trabajo, Es nula la cesión de los salarios en favor del patrón o de terceras personas, cualquiera que sea la denominación o forma que se le dé.

El 23 de febrero de 2009 me presente a la sucursal Urbana Montejo Santander en Mérida Yucatán, a solicitar me transfieran mi pensión a un cuenta que tengo el banco Banamex desde hace varios años, desde antes que nos paguen en Santander, principalmente porque este banco tiene un cajero cerca de mi domicilio.

Y después de cumplir los requisitos que me pidieron, la persona que me atendió elaboro una solicitud de transferencia para que la firme y la firmé, pero lo que más me extraño fue que dicha solicitud tenía un condicionamiento y es el siguiente:

Asimismo, manifiesto mi conformidad en que previo a la transferencia, Banco Santander (México) S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander, realice los cargos que sean necesarios a la Cuenta Ordenante (donde depositan mi pensión) para cubrir el pago de créditos otorgados a mi favor por esa Institución, ó para cubrir el pago recurrente de bienes, servicios y/ó productos que el suscrito haya autorizado ó autorice en el futuro.

Le comente que eso de que el banco se cobre no me parecía bien, el me contesto que si yo no tenía un crédito con Santander que no me preocupe, le dije que por la nomina de pagos no tenia, pero por tarjeta de crédito sí. Le pregunte que con la situación actual, vida más cara, incluyendo altas tasas de interés, llegara sufrir algún imprevisto que requiera que yo gaste más y no pueda pagar oportunamente mis vencimientos y tuviera pagos vencidos que llegaran a ser de la misma cantidad que el pago que me hacen cuanto me cobrarían, el me dijo que sería toda mi pensión.
Días después regrese y le dije que no me convenía esa condicionante, que se cancelara la solicitud de transferencia que yo seguiría cobrando de la forman habitual, me dijo que no se podía hasta después del primer traspaso y que de todos modos con mi anuencia o sin ella, ante un pago vencido, el banco se cobraría a la fuerza del pago de mi pensión si lo consideraba necesario, pudiendo ser el cobro, hasta toda mi pensión.
Le comunico que el 3 de marzo de 2009, revoque el traspaso de mi pensión a otro banco, ya no me van a transferir mi pensión a Banamex, pero persiste el riesgo de que por un imprevisto, como a cualquier acreditado le puede suceder, me retrase en alguno de mis pagos y el banco se cobre a la fuerza. Adicionalmente le comento que Santander ya se ha cobrado a la fuerza del pago de la pensión de otros compañeros jubilados.

De cobrarse el banco a la fuerza del salario del trabajador, el siguiente paso es que el trabajador demande y obtenga una sentencia favorable, pero mientras de que vive, si se lo quitan todo ó casi todo y esto no asegura que no se lo vuelvan a hacer, y mucho menos le devuelvan el dinero que le quitaron.
Los banqueros, aun sabiendo que es ilegal cobrarse a la fuerza de los salarios del trabajador que han sido depositados en un banco para pago de nomina lo hacen. Todos sabemos que existen otras formas para que los bancos recuperen sus préstamos, y los acreditados paguen sus créditos vencidos de una manera más cómoda, la más usada es reestructurar los créditos a tasas más bajas con plazos más largos, pero no lo hacen.

Por otro lado les comento que actualmente es muy difícil vivir si apoyarse en algún tipo de crédito y que muchos de los jubilados de Banrural tenemos créditos con Santander, somos sus clientes cautivos, en parte por la edad que tenemos y la falta de prestación laboral que nos quitaron para solucionar nuestras necesidades de créditos, podemos decir que Santander es la única opción. Además, que dependiendo de los créditos que se trate, ya sea los derivados de los pagos de nomina ó tarjetas de Crédito, las tasas nominales (No el CAT, este es mayor) que cobra Santander, varían de alrededor del 31.00%, hasta el 54.50 % ASSI, como ve son muy altas.

Y por último, por los medios de comunicación nacionales e internacionales, no enteramos que Santander se ha visto involucrado en el fraude de varios miles de millones de dólares del Sr Bernard L. Madoff, que le causo pérdidas a algunos de sus clientes, además por pérdidas sufridas en otros países a causa de la crisis económica mundial, a los bancos mexicanos de origen extranjero (Santander es uno de ellos) les urge mandar utilidades obtenidas en nuestro país (en dólares) a las oficinas centrales en sus países de origen.

La única forma segura que el banco pagador (Santander) no se cobre a la fuerza del salario del trabajador y que el salario llegue completo a las manos del jubilado, es que le paguen en otro banco, ó en efectivo en la empresa, este medio ya se usa muy poco, ratifico se trata de protegernos de la voracidad de algunos bancos y no eludir los compromisos adquiridos, aunque no estoy muy seguro, le comento que el IMSS le paga a los jubilados a través de cuatro bancos, el jubilado escoge y puede cambiar si le conviene.

Les comunico que el 5 de marzo del presente le hice una solicitud similar al Sr Ricardo Duarte D., en encargado de la Oficina del Centro de Atención a Jubilados Del Banco de Crédito Rural Peninsular en Liquidación en Mérida Yucatán, y de manera verbal me dijo que había consultado y que no se podía, porque Nafinsa tenía un contrato con banco Santander, todos los contratos tienen clausulas en donde indican que se pueden rescindir ante alguna anomalía, y esta es una.

Por todo lo antes expuesto:

Solicito me paguen en el banco BANORTE, banco con capital 100% mexicano y que en Mérida Yucatán tiene varias sucursales.

Esperando sea aceptada mi solicitud por lo expuesto y fundado quedo de ustedes.

Atentamente

Cipriano José Francisco Domínguez y Ojeda
Fideicomisario Jubilado Banrural Nº 911092669
Calle 3 # 226 Entre 34 y 32- A, Col Pensiones
CP: 97219, Mérida Yucatán
Tel: 01 999 9250599
e-mail: ciprianod@yahoo.com

----- Mensaje reenviado ----
De: Cipriano Dominguez
Para: horozco@sae.gob.mx
CC: Humberto Fernandez Godefroy ; Luis Miguel Alvarez Alonso
Enviado: lunes, 30 de marzo, 2009 12:23:33Asunto: SOLICITUD